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Gobierno decreta el estado de emergencia en 7 regiones del país debido a las protestas

El Ejecutivo dispuso el estado de emergencia por un periodo de 60 días calendario. En Puno, se ha decretado, además, 10 días de inmovilización social obligatoria entre las 8:00 p.m. y las 4:00 a.m.

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|ETC.PE|: El Ejecutivo decretó hoy, domingo, el estado de emergencia en las regiones de Madre de Dios, Cusco, Puno, Apurímac, Arequipa, Moquegua y Tacna, debido a la crisis social y política que se vive desde el pasado 7 de diciembre en el país.

La medida fue oficializada en edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano y cuenta con las rúbricas de la presidenta de la república, Dina Boluarte; del premier Alberto Otárola; del ministro de Defensa, Jorge Luis Chávez Cresta; y del ministro de Justicia, José Tello.

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Según el decreto supremo, el estado de emergencia tendrá un periodo de 60 días calendario en las 7 regiones mencionadas. Durante ese lapso, la Policía Nacional del Perú (PNP) “mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas” (FF.AA.) y tendrá como objetivo la “protección de los Activos Críticos Nacionales”.

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Además, quedan suspendidos los derechos relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales establecidos en la Constitución Política del Perú.

Cabe subrayar que el estado de emergencia tiene particularidades específicas en el departamento de Puno donde ya se había decretado dicha medida el último 14 de enero. En dicha jurisdicción, “el control del orden interno se encuentra a cargo de las FF.AA., incorporando a la PNP (…) en la zona declarada en Estado de Emergencia”, precisa la normativa.

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Asimismo, en Puno regirá la inmovilización social obligatoria “de todas las personas en sus domicilios” por 10 días calendario, desde las 8:00 p.m. hasta las 4:00 a.m.

Se especifica además que, durante la inmovilización social obligatoria, las personas podrán circular para la “adquisición, producción y abastecimiento de alimentos”, así como el personal de salud y otros que sean esenciales para la continuidad de las actividades económicas y servicios de agua, saneamiento, agricultura, vigilancia y seguridad, servicios financieros, etc.

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