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Diputado de Juntos por el Perú, Julián Pérez, permaneció varias horas detenido antes de ser trasladado a Medicina Legal para continuar con las diligencias tras la denuncia que presentó su pareja

El legislador no cuenta con inmunidad parlamentaria para delitos comunes y su defensa legal no será financiada por el Estado, señaló el abogado penalista tras la presunta agresión ocurrida en San Miguel.

|ETC.PE|: El diputado de Juntos por el Perú, Julián Pérez Mallqui, fue detenido este jueves en el distrito de San Miguel tras ser denunciado por su expareja por presuntos actos de violencia física y psicológica ocurridos en su vivienda.

El legislador por Cusco, quien recientemente asumió funciones, permanece bajo custodia policial mientras la Fiscalía Especializada en Violencia contra las Mujeres realiza las diligencias para esclarecer los hechos. Según la denuncia, la presunta agresión se produjo tras un forcejeo en el que intervino el padre de la víctima.

El abogado penalista César Nakazaki explicó en el programa Las cosas como son, de RPP, que los exámenes practicados por Medicina Legal serán determinantes para definir qué medida coercitiva solicitará el Ministerio Público contra el parlamentario.

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Según el jurista, si las pericias confirman el uso de violencia física contra la denunciante, no se descarta que el legislador afronte el proceso privado de su libertad desde esta etapa de la investigación.

«Si los análisis fiscales y legistas que se están llevando a cabo conducen al hecho de que ha usado la violencia física contra ella, podría ser sometido desde ya a una prisión preliminar o preventiva», sostuvo el abogado.

No tiene inmunidad por delitos comunes, pero sí mantiene el fuero especial

Respecto al marco normativo vigente, Nakazaki recordó que la Constitución establece, tras la modificación del artículo 93, que el cargo parlamentario no puede convertirse en un escudo frente a delitos ajenos a la función legislativa.

En ese sentido, explicó que la presunta violencia física constituye un delito común, por lo que el legislador no goza de inmunidad parlamentaria.

«Con la modificación del artículo 93 de la Constitución, el diputado, al igual que el senador, no cuentan con inmunidad, porque la inmunidad correctamente se ha corregido. Solamente procede para delitos de función», puntualizó.

No obstante, el abogado precisó que el parlamentario sí conserva el beneficio del fuero especial, por lo que el fiscal de la Nación y la Corte Suprema conocerán su caso, y no un juzgado ordinario.

«Él tendría que ser procesado por el fiscal de la Nación y la Corte Suprema. Ese es el único privilegio que tiene un congresista que comete un delito común», afirmó.

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